Usted debe ser tratado de manera justa y con respeto cuando vaya a la corte. Si tuvo una audiencia en la corte y el juez de su pueblo, villa o ciudad no lo trató justamente y con cortesía, tiene derecho a presentar una queja. El formulario de quejas está disponible en línea en la siguiente dirección: http://www.scjc.state.ny.us/General.Information/Gen.Info.Pages/filecomplaint.htm.
La Ley Federal de Vivienda Justa de 1968 protege a las personas contra la discriminación en la vivienda por motivos de raza, color, origen nacional, religión, sexo, estado familiar y discapacidad. La Ley de Derechos Humanos de Nueva York incluye estas clases protegidas por el gobierno federal, y también otorga protecciones adicionales sobre la base de la ciudadanía o el estado migratorio, la edad, el estado civil, el estado militar, la orientación sexual, la identidad y expresión de género y la fuente legal de ingresos.
¿Qué es la Ley de Vivienda Justa?
La Ley de Vivienda Justa es un conjunto de leyes federales de derechos civiles aprobadas originalmente por el Congreso en 1968 que protegen a toda persona de la discriminación en la vivienda. Una de las protecciones creadas por la Ley de Vivienda Justa es el derecho de las personas con discapacidades a obtener adaptaciones razonables provistas por su arrendador.
¿Qué es la Ley de Vivienda Justa?
La Ley de Vivienda Justa es un conjunto de leyes federales de derechos civiles aprobadas originalmente por el Congreso en 1968 que protegen a toda persona de la discriminación en la vivienda. Una de las protecciones creadas por la Ley de Vivienda Justa es el derecho de las personas con discapacidades a obtener adaptaciones razonables provistas por su arrendador.
¿Qué es la Ley de Vivienda Justa?
La Ley de Vivienda Justa es un conjunto de leyes federales de derechos civiles aprobadas originalmente por el Congreso en 1968 que protegen a todos de la discriminación en la vivienda. Una de las protecciones creadas por la Ley de Vivienda Justa es el derecho de las personas con discapacidades a obtener modificaciones razonables de parte del propietario.