Conozca sus derechos: Servicios públicos y facturación

Como consumidor, usted tiene los mismos derechos y responsabilidades que su proveedor de servicios públicos. Es importante conocer sus derechos para saber cómo manejar cualquier problema, incluidas las violaciones por parte de su empresa de servicios públicos.

Servicio retrasado o rechazado

Por lo general, su empresa de servicios públicos debe brindar servicio a su dirección dentro de los cinco días posteriores a su solicitud escrita o verbal. Pueden negarse a brindarle el servicio si debe dinero en una cuenta anterior a su nombre, a menos que pague el monto adeudado en su totalidad, establezca un plan de pago, reciba o solicite asistencia de pago o tenga una queja abierta con respecto al monto adeudado. Si no hay una factura pendiente, su empresa de servicios públicos solo puede retrasar el servicio si hay un problema de seguridad, un problema de acceso o una huelga laboral.

Facturación diferida (facturación retroactiva)

Si ha recibido una factura inusualmente alta, es posible que esté experimentando una facturación retroactiva. La facturación retroactiva se refiere a la práctica de cobrar a un cliente por servicios que se proporcionaron pero no se facturaron de manera oportuna. Esto suele ocurrir cuando ha habido un error o descuido que da como resultado que la empresa de servicios públicos no envíe una factura por los servicios utilizados durante un período determinado.

Para obtener más información sobre la facturación retroactiva, consulte el artículo de LawNY sobre Facturas de servicios públicos sorprendentemente altas.

Cortes de servicio

Existen reglas muy específicas con respecto al derecho de una empresa de servicios públicos a cancelar el servicio, ya sea que usted mantenga la cuenta o que el propietario de su edificio mantenga una cuenta.

Independientemente de quién mantenga la cuenta, existen reglas sobre el momento en que se corta el servicio:

  •  La terminación del servicio sólo puede ocurrir entre las 8:00 a.m. y las 4:00 p.m., de lunes a jueves
  • La terminación del servicio no se puede interrumpir en un día festivo, el día anterior a un día festivo, durante las dos semanas cercanas a Navidad y Año Nuevo, o un día antes de que su oficina de servicios públicos esté cerrada por cualquier motivo.

Existen protecciones especiales para los consumidores con emergencias médicas, los ancianos y los ciegos o discapacitados. Debe notificar a su empresa de servicios públicos de inmediato si califica para alguna protección especial. Su información se mantendrá confidencial.

Si mantiene la cuenta de servicios públicos

Si mantiene la cuenta de su hogar y tiene facturas vencidas, una empresa de servicios públicos debe proporcionarle un Aviso de terminación final por escrito. La empresa de servicios públicos debe esperar 20 días después de la fecha de vencimiento de una factura impaga para enviar el aviso, luego debe esperar 15 días más antes de finalizar el servicio, lo que le da la oportunidad de pagar la factura o establecer un acuerdo de pago con el proveedor de servicios públicos.

Hay situaciones en las que su empresa de servicios públicos no puede cortarle el servicio, incluso si hay una factura impaga. Esto incluye cuando:

  • El monto adeudado fue facturado y vencido hace más de un año, y la empresa de servicios públicos no inició los procesos de terminación antes de ahora, sin que sea culpa suya
  • Un médico certifica que existe una emergencia médica
  • Está en una disputa con respecto al monto impago, pero pagó el monto no disputado adeudado en esa factura
  • Usted realiza un pago completo cuando la empresa de servicios públicos llega a la dirección para cortar la energía

Si su propietario mantiene la cuenta de servicios públicos

Si tiene un propietario y no paga la factura de servicios públicos del edificio, el proveedor de servicios públicos debe proporcionarle un aviso de falta de pago del propietario. Entre el 1 de noviembre y el 15 de abril, si el servicio proporciona calefacción a la vivienda, se le debe dar un aviso con 30 días de anticipación antes de que se desconecte el servicio. En caso contrario, el plazo de preaviso es más corto. Si vive en un edificio de apartamentos, debe haber avisos publicados en el edificio y enviados por correo al menos 18 días antes de que se desconecte el servicio. Si vive en una casa de dos familias, debe recibir una notificación al menos 15 días antes de que se desconecte el servicio.

El aviso le indicará cómo comunicarse con la empresa de servicios públicos para obtener información y asistencia, incluso si el propietario se niega a pagar, y cómo recibir asistencia de la Comisión de Servicio Público (PSC). El PSC ayudará a los inquilinos a establecer acuerdos de pago directamente con la compañía de servicios públicos. Según la ley del estado de Nueva York, es posible que pueda realizar los pagos actuales de los servicios públicos directamente y deducir los montos de su alquiler. El PSC puede ayudarle con esta opción.

Para obtener más información sobre las leyes de servicios públicos, la reconexión del servicio o cómo presentar una queja, visite la página Sus derechos del sitio web del Departamento de Servicios Públicos.

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(c) Asistencia Legal de Western New York, Inc. ®

Este artículo proporciona información general sobre este tema. Las leyes que afectan a este tema pueden tener cambiado desde que se escribió este artículo. Para obtener asesoramiento legal específico sobre un problema que está teniendo, obtenga el asesoramiento de un abogado. Recibir esta información no lo convierte en cliente de nuestra oficina.

Fecha de última revisión: Abril de 2026

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