Leyes Federales y del Estado de Nueva York sobre Armas de Fuego y Violencia Doméstica

Leyes Federales y del Estado de Nueva York sobre Armas de Fuego y Violencia Doméstica

Tanto el estado de Nueva York como el gobierno federal tienen leyes para proteger a las víctimas de violencia doméstica. Varias de estas leyes limitan quién puede tener un arma. Las diferentes leyes estatales y federales pueden ser confusas. Este artículo debería ayudarlo a comprender las reglas sobre las armas y la violencia doméstica.

Leyes del Estado de Nueva York

Las leyes del estado de Nueva York pueden protegerlo a través de una orden de protección. Hay algunos casos en los que la corte debe ordenar a su abusador que renuncie a sus armas. El tribunal debe quitarle las armas si obtuvo una orden de protección porque:

· Su abusador lo hirió gravemente; o

· Su abusador usó o amenazó con usar armas en su contra; o

· Su abusador hizo cualquier cosa que sea un delito grave violento.

El tribunal puede quitarle las armas si cree que su abusador usará un arma contra usted.

Leyes Federales

La ley federal dice que una persona no puede tener un arma si hay una orden judicial que cumpla con todas estas condiciones:

· La persona contra la que se toma la orden tuvo la oportunidad de participar en la audiencia (se le notificó debidamente, incluso si la persona no acudió a la corte).

· La orden le dice a la persona que no la/o acose, ni la/o amenace a usted ni a su hijo/a.

· La orden prohíbe explícitamente el uso de la fuerza que se esperaría que causara lesiones lo que incluye un enterarse de que la persona es una amenaza creíble para la seguridad de una pareja íntima o un niño.

¿Qué significan estas leyes?

Su abusador debería tener que renunciar a sus armas mientras la orden este vigente si:

· Obtienes una orden de protección; y

· Tuvo la oportunidad de participar en la audiencia; y

· Su orden dice que él o ella no puede usar la fuerza contra usted o su hijo/a

O bien, la orden de la corte estatal ordena específicamente que se entreguen las armas de fuego.

Si el abusador es condenado por un tribunal penal por agresión contra su pareja o expareja, la ley federal prohibirá permanentemente que esa persona posea un arma de fuego, incluso después de que expire cualquier orden de protección.

Para obtener más información, llame a la línea directa de violencia doméstica al 1-800-942-6906.

* * * * *

c) Asistencia jurídica de Western New York, Inc. ®

Este artículo proporciona información general sobre este tema. Las leyes que afectan a este tema pueden haber cambiado desde que se escribió este artículo. Para obtener asesoramiento legal específico sobre un problema que está teniendo, obtenga el asesoramiento de un abogado.  Recibir esta información no lo convierte en un cliente de nuestra oficina.

Fecha de la última revisión: mayo de 2023

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